El abastecimiento de energía eléctrica

(José Antonio Muñoz Manríquez,Ingeniero Civil Industrial, MBA UTFSM y Máster UPC) Publicado Abril-2015

 

Para iniciar, ampliar o mejorar la operación de cualquier actividad económica, es fundamental contar con un servicio de abastecimiento eléctrico seguro, de calidad, confiable  y oportuno. Sin olvidar la variable costo.

 

El sistema eléctrico en Chile está compuesto por dos grandes sistemas interconectados:

 

- El Sistema Interconectado Central, SIC, que se extiende entre la Central Paposo en Taltal, hasta Quellón, en la Isla de Chiloé.

- El Sistema Interconectado del Norte Grande, SING, que comprende desde las regiones de Arica y Parinacota hasta la región de Antofagasta.

 

Adicionalmente, el país cuenta con los sistemas medianos de transmisión aislados:

 

- Sistema Mediano Puerto Williams

- HornopIren

- Cochamó

- Isla de Pascua

- Aysen

- Magallanes

 

Esto, en el contexto de los tres segmentos que conforman un sistema, es decir:

 

- Generación

- Transmisión

- Distribución

 

Se debe tener presente que la legislación vigente establece que las tarifas deben representar los costos reales de generación, transmisión y de distribución de electricidad asociados a una operación eficiente, con el propósito de obtener un óptimo desarrollo de los sistemas eléctricos.

 

 

 

Se asume como uno de los criterios básicos la libertad de precios en los segmentos donde se observan condiciones de competencia. Esto es, para suministros a usuarios finales cuya potencia conectada es  inferior o igual a 2.000 kW, son considerados sectores donde las características del mercado son de monopolio natural y por lo tanto, la Ley establece que están afectos a regulación de precios. Cabe precisar, que se contempla elevar este límite de 2.000 kW a 5.000 kW. Para suministros a usuarios finales cuya potencia conectada superior a 2.000 kW, la Ley dispone la libertad de precios, pues se considera que cuentan con la capacidad negociadora y la opción de abastecerse de electricidad por medios alternativos, como la autogeneración o el suministro directo desde empresas generadoras.

 

Los clientes que se encuentran bajo el límite de potencia conectada indicada en la ley, se denomina cliente regulado y aquellos que superan dicho límite, se denominan clientes libre. No obstante lo anterior, aquellos clientes que posean una potencia conectada superior a 500 kW pueden elegir a cual régimen adscribirse (libre o regulado).

 

Los clientes regulados, pueden optar entre 11 opciones de tarifa, las que deben ser publicadas por las empresas concesionarias de distribución de energía eléctrica, además de mantener en un lugar visible para los clientes en sus oficinas de atención.

 

Para conectar un nuevo consumo de energía o ampliar la potencia conectada, no basta con realizar una instalación eléctrica, primero debe solicitarse factibilidad de suministro a la empresa concesionaria respectiva, para lo que hay que cumplir con un protocolo administrativo previamente establecido.

 

Si esta columna le ha generado alguna inquietud o desea que en el futuro abordemos algún otro tema relacionado con los servicios que ofrecemos,  le invitamos a enviarnos un correo con sus comentarios a igespa@igespa.cl , estaremos muy complacidos en considerar lo que nos sugiera.

Contacto: contacto@igespa.cl | Fono: +56 (9) 8230 4036

 IGESPA 2015